domingo, 4 de enero de 2009

ENTREVISTA CON ABOGADO DE LOS 5 CUBANOS PRESOS EN EUA


Entrevista con Richard Klugh, uno de los abogados de los Cinco



--- Fecha límite para la petición a la Corte Suprema es el 30 de enero.

--- Thomas Goldstein, "uno de los más activos y reconocidos prácticos en

Corte Suprema, está de acuerdo en participar en lo que nosotros

creemos que es un caso muy meritorio y fuerte."

--- Es de mucha ayuda tener un apoyo amicus en este momento crítico.





(La siguiente entrevista con Richard Klugh es muy importante para dar

información actualizada a quienes apoyan a Los Cinco Cubanos. Esto

incluye la última información sobre la petición que someterá la

Defensa a La Corte Suprema de Los Estados Unidos, igualmente

importante es la apelación a asociaciones de leyes y otros grupos

interesados a presentar escritos breves sobre el caso, pidiendo a la

corte escuchar sus opiniones al respecto.



Richard Klugh, previo jefe suplente de apelaciones en la oficina

Federal de Defensores Públicos de Miami, ha estado en el equipo de la

defensa de los Cinco desde que fueron arrestados en 1998. Gloria La

Riva, del Comité Nacional Para Liberar a Los Cinco Cubanos, condujo la

entrevista.)







Q: ¿Puede usted hacer una reseña de la decisión tomada el 4 de junio

por el panel de tres jueces del 11no. Circuito de la Corte de

Apelaciones, en la apelación de los Cinco Cubanos?



A: La Corte decidió por 2 a 1 ratificar todas las condenas en el caso.

La condena más significativa que se debate es la de Gerardo Hernández

por complicidad en el derribo de los aviones de Hermanos al Rescate.

La Corte estuvo fuertemente dividida en esta condena. Había tres

opiniones diferentes sobre este asunto por parte de los tres jueces.

Uno de los jueces [la jueza de Circuito Phyllis Kravitch] pensó que la

evidencia estaba completa y totalmente en falta, completamente ausente

alguna evidencia de una conspiración de Gerardo Hernández para

realizar esta acción.



La segunda opinión [del juez de Circuito Stanley Birch] llegó a la

conclusión de que la evidencia era muy limitada, pero dada la norma

deferente según la cual la Corte revisa las condenas, el juez dijo que

no tenía otra alternativa que confirmar las mismas.



Y la tercera opinión [del juez de Circuito William Pryor] declaró que,

según la interpretación gubernamental de lo que Gerardo Hernández pudo

haber creído acerca del riesgo de un derribo, si Hermanos al Rescate

continuaba la violación de la soberanía nacional cubana, se había

llegado al umbral de la ley para hallar suficiente evidencia según la

ley sobre conspiración.



El resto de las condenas fueron también confirmadas, nuevamente,

basados en esta norma de la revisión que plantea que cualquier opinión

sobre la evidencia que favorezca al gobierno es bastante para la Corte

para declarar evidencia suficiente de conspiración en este contexto.

Es por eso que la Corte sostuvo que aunque no había evidencia de

espionaje alguno durante los años que los Cinco estuvieron aquí, la

Corte podía aún confirmar una condena por conspiración para cometer espionaje.



La Corte también sostuvo que no podía reconsiderar ninguna parte de la

decisión de la Corte en banc [el pleno de la Corte]. La Corte concluyó

que no podía revisar la mala conducta significativa y continuada de la

fiscalía que los acusados habían planteado en banc.



Además de eso, la Corte también sostuvo que las limitaciones que

fueron impuestas a los derechos de la defensa de conocer todas las

evidencias –limitaciones que impidieron a los acusados conocer muchas

de las cosas que necesitaban para prepararse para el juicio – fueron

permitidas mediante un estatuto federal. Nosotros consideramos que el

estatuto federal no permite tal limitación a las evidencias.



Otro fallo adicional de notar es que la Corte sostuvo que aunque el

Gobierno pudiera haber eliminado intencionalmente presuntos miembros

del jurado, por razones basados en la raza, no obstante, bajo su

precedente, la Corte no pudo revisar una acción discriminatoria como

esa cometida por el gobierno mientras que el gobierno permitió sentar

en el jurado algunos miembros de la raza afectada. Nosotros planteamos

una fuerte objeción a esta parte de la opinión de la Corte.



Con respecto a la sentencia, la Corte revirtió las sentencias de tres

de los Cinco. Confirmó la sentencia de Gerardo Hernández y confirmó la

sentencia de René González. La Corte decidió que la corte del distrito

no tuvo restricción alguna para imponer sentencia sobre René y así no

pudo revertir la sentencia, aunque la jueza le impuso la máxima.



La Corte de Apelaciones revirtió las sentencias a cadena perpetua de

Ramón Labañino y Antonio Guerrero por conspiración para cometer

espionaje porque el Tribunal aplicó una directriz excesivamente

severa, fallando reconocer que no hubo daño a la seguridad nacional.

No se obtuvo ningún material altamente secreto. Finalmente la Corte de

Apelaciones sostuvo que el Tribunal erró al sentenciar a Fernando

González atribuyéndole un rol principal cuando no existía evidencia de ello.



Estos tres acusados han sido sujetos a volver a recibir nueva

sentencia. Los otros dos, Gerardo Hernández y René González, no.



Q: ¿Cuál será el próximo paso en el proceso de apelación?



A: El caso está ahora programado para presentarse ante la Corte

Suprema de los EEUU. La Corte Suprema aceptó nuestra moción para

extender la fecha límite para presentar la petición para writ de

certiorari, el 30 de enero del 2009. El Gobierno tendrá dos o tres

meses para responder. Entonces nosotros tendremos un breve periodo

para replicar. Y la Corte podría decidir, para mayo de 2009, si va a

haber audiencia del caso o de una parte del mismo.



Estamos muy contentos de contar con la asistencia del abogado Thomas

Goldstein de la firma legal Akin Gump, uno de los más activos y

reconocidos prácticos en Corte Suprema. Él estuvo de acuerdo en

participar en lo que nosotros creemos que es un caso muy meritorio y

fuerte. Él argumentó un caso esta semana frente a la Corte Suprema de

los Estados Unidos y otro caso en noviembre, y está programado para

otros casos en la Corte Suprema en este mandato.



Q: ¿Cuáles son los puntos principales que la defensa planteará en la

apelación?



A: Todas las condenas deben ser revisadas basado en la negativa de la

Corte del Distrito de otorgar un cambio de la sede, en la mala

conducta de la fiscalía, y en la selección impropia y discriminatoria

del jurado. Argumentaremos también que la condena de Gerardo Hernández

por conspiración para cometer asesinato debía de haber sido revertida,

y que su sentencia a cadena perpetua por conspiración para espionaje

debe haber sido revocada.



La sede es uno de los aspectos más fundamentales que puede existir

bajo la ley americana o, realmente, bajo cualquier sistema legal. No

importa cómo está ideado un sistema, si usted tiene un juez o un

jurado predispuesto, nada más importa. Si usted tiene un juez o un

jurado que está dispuesto a ser influenciado por pasiones y presiones

locales, lo que usted tiene es un dictamen acosado y no tiene justicia

en ningún sentido.



Nosotros percibimos que este aspecto es tan fundamental para la justa

operación del sistema judicial, que será tratado con interés por la

Corte. Sentimos lo mismo acerca del resto de los aspectos, el aspecto

de la selección del jurado, la condena de Gerardo Hernández por algo

con lo que él claramente no tuvo nada que ver, así como también la

negativa de reconsiderar su sentencia a cadena perpetua.



Q: Con respecto a la errónea condena de Gerardo por conspiración para

cometer asesinato, yo recuerdo las tres audiencias de argumentos

orales en las que participamos, primero en Miami, y después la segunda

y la tercera en Atlanta. En las tres audiencias, Stanley Birch, el

juez que presidió el panel, así como también la jueza Phyllis

Kravitch, hicieron comentarios desafiando la reclamación de la

fiscalía de conspiración por Gerardo. Sin embargo, en la última

decisión de la Corte del 4 de junio, Birch votó con el juez William

Pryor a favor de la condena, poniendo la votación 2 a 1. ¿Qué pasó?



A: En el panel inicial de tres jueces nosotros percibimos que todos

los jueces reconocieron la insuficiencia de la evidencia. En el

argumento oral ante el nuevo panel, nosotros percibimos nuevamente que

la mayoría reconoció que simplemente no tenía sentido culpar a Gerardo

por el derribo de los aviones. En última instancia, aunque la mayoría

del panel pudiera creer bien que Gerardo es inocente del delito, la

mayoría estaba convencida de que según las interpretaciones previas de

la ley federal, la norma del Onceno Circuito para confirmar las

condenas puso una barra tan baja para el gobierno en las acusaciones

de conspiración que ellos no pudieron revertir la condena.



Responderemos en uno de nuestros argumentos en la Corte Suprema. La

mayoría del panel estaba convencida también de que una teoría que a

los fiscales les había sido prohibida usar en el juicio podía sin

embargo ser considerada en la apelación como una forma para ratificar

la condena. Consideramos que es también un error fundamental, en

efecto cambiar las reglas en medio del proceso, y no de acuerdo con lo

que nosotros creemos que requiere la ley.



Q: ¿Y cuál fue esa teoría que la fiscalía había usado?



A: La teoría de la fiscalía según la cual la condena fue ratificada

fue la de que Gerardo pudiera ser estimado culpable de conspiración

para cometer un delito en la jurisdicción americana, aún si todo lo

que él hizo fue apoyar el derecho de un país a defenderse contra una

violación hostil e ilegal de su soberanía territorial. Esta teoría,

que la Corte del Distrito había rechazado completamente por

considerarla fuera del alcance de la ley criminal, fue reactivada en

la más reciente decisión del panel. Esto colocó a Gerardo en una

posición desventajosa desde el punto de vista del procedimiento.

Nosotros creemos que esa teoría no debería incluso estar disponible

para el Gobierno. Pero los dos miembros que conformaron la mayoría en

junio sostuvieron lo contrario.



Q: Usted se refiere a la norma de revisión por el 11no. Circuito de

la Corte.



A: En el contexto de una acusación de conspiración para cometer

asesinato, nosotros creemos que la norma de las pruebas es mucho más

alta que la aplicada en la apelación. Esto es particularmente cierto

cuando nosotros estamos tratando con una acción gubernamental – el

derribo de los aviones de Hermanos al Rescate – que ha tenido una

justificación soberana y legal de principios en términos históricos, y

donde Gerardo no tuvo bases para un conocimiento previo de lo que sus

agentes superiores o los funcionarios gubernamentales superiores

harían en última instancia.



La imposición de responsabilidad sobre Gerardo viola el proceso de

muchas maneras, y junto con la sede prejuiciada y los aspectos

relacionados de los que hemos hablado, justifica la reversión.



En la opinión convenida de un miembro de la mayoría del panel, el juez

reiteró por tercera vez que él cree que el jurado estaba viciado por

la sede y la mala conducta. La opinión del juez determinante fue, en

efecto, “Nosotros no debemos depender de este (Miami) jurado pero si

yo soy forzado a depender del jurado por el precedente del 11no.

Circuito, entonces yo no puedo revertir la decisión bajo las normas

requeridas.”



Tenemos la esperanza de que si el caso es aceptado en la Corte

Suprema, esta situación pueda ser resuelta favorablemente para Gerardo.



Q: Hay una serie de asociaciones de derecho y organizaciones de

derechos humanos preocupados por el caso de los Cinco Cubanos, que

quisieran presentar escritos amicus curiae apoyando el caso. ¿Qué

recomienda usted?



A: Es de mucha, mucha ayuda para nosotros tener un apoyo amicus en

este momento crítico. Existen muchísimos aspectos fundamentales en

este caso que son relevantes para cada persona en este país y para la

gente de todo el mundo. El apoyo legal y basado en hechos que los

escritos amicus pueden proporcionar es algo que recibimos con

beneplácito y buscamos.



Q: ¿Cuál es la fecha límite para los amicus? ¿Qué documentos legales

pueden revisar los abogados y las organizaciones para la preparación

de sus amicus?



A: Uno de los recursos primarios son los documentos de la apelación.

Esta es probablemente la forma más simple de revisar el caso. Los

escritos de la apelación y las decisiones de la Corte están en el

sitio Web de ustedes, Free the Five (Libertad para los Cinco). Con

respecto a la fecha límite, nosotros recibiríamos con agrado apoyo

amicus antes de presentar la petición certiorari o siete días después de eso.



Q: ¿Cuándo tendrá lugar en Miami el proceso de volver a dictar

sentencia para Ramón Hernández, Antonio Guerrero y Fernando González?

¿Será después de la apelación a la Corte Suprema?



A: Eso no ha sido decidido aún. Es posible que ocurra antes de que la

Corte Suprema haya decidido, pero es más probable que sea después. Eso

depende de cómo transcurran los procedimientos, incluso en la Corte Suprema.



Q: Ya han pasado más de 10 años y las ruedas de la justicia se están

moviendo de forma extremadamente lenta. Gran parte de la tardanza está

basada en los tecnicismos legales que usted ha descrito.



A: Esto es claramente duro. Es duro esperar, particularmente si

nosotros estamos en lo correcto, como creemos que lo somos. Resulta

mucho tiempo.



Q: ¿Qué puede suceder legalmente si la Corte Suprema rechaza el writ

of certiorari?



A: Los acusados tendrían aún opciones legales, incluyendo un proceso

para hacer una moción a revocar las condenas y sentencias en la corte

del distrito. Y esto tiene que tener lugar en el plazo de un año

después de la decisión de la Corte. Esto requeriría un tipo

formalizado de proceso de habeas corpus, llamado una moción para

revocar un fallo/una condena. Tiene un tiempo límite de un año. Los

límites de tiempo han sido impuestos en casi todos los habeas y los

litigios post-condena basados en una ley federal dictada en 1996. Hay

otros derechos de habeas subsiguientes, pero la petición inicial de

habeas corpus tiene que ser presentada dentro de un año.



Q: ¿Eso significa que todos o cualquier aspecto futuro, algún aspecto

que quede de la apelación, tiene que ser presentado en ese periodo?



A: Correcto.



Q: ¿En qué medida el conocimiento público del caso y el apoyo a los

Cinco Cubanos pueden ayudar a obtener su libertad?



A: El apoyo a los Cinco ha sido inflaqueable, pero también ha ido en

aumento. Cualquiera que tome su tiempo para echar un vistazo a lo

impropio de las acusaciones que están obviamente relacionadas con lo

político, puede ver claramente algunos aspectos de este caso que están

simplemente reclamando a gritos una revisión. Yo pienso que este es un

caso que necesita ser tratado por la Corte Suprema. Esta ha sido mi

percepción personal desde el principio. Yo pienso que la Corte Suprema

podría establecer una importante norma con respecto a la justicia en

los Estados Unidos. Esto ayudaría a la imagen de los EEUU en el mundo

así como también mejoraría las relaciones bilaterales.



Q: Usted visitó a Fernando González recientemente. ¿Puede contarnos sobre él?



A: Vi a Fernando en julio. Él está muy atento a los aspectos y a los

progresos del caso, así como también a las acciones de apoyo por los

Cinco. Fernando es de una personalidad fuerte y apacible. Es

extremadamente cortés y respetuoso, no solo con los abogados, sino

también con los fiscales y el sistema de la corte. Él está realmente

agradecido por todo el apoyo que recibe y trata de contestar la

correspondencia todo lo más posible. Lo describiría en una sola

palabra como un caballero.



Q: ¿Qué mensaje le enviaría a las personas de todo el mundo que están

involucrados en el apoyo político a los Cinco Cubanos?



A: Mi mensaje sería uno de agradecimiento. Estos problemas legales

arrastran consigo un gran número de víctimas entre los acusados, los

abogados y sus familias. Saber que existen personas a quienes les

importa la justicia y la imparcialidad es algo fundamental y ha sido

un gran apoyo en este caso. Aunque nosotros no hemos ganado una parte

sustancial de la apelación todavía, cada uno de los Cinco ha sido

sustentado por este apoyo.



Nosotros, en el equipo de la defensa, hemos tratado de cumplir con

todo lo que hemos dicho acerca del caso y yo creo que lo hemos

logrado. El caso es lo que fue desde el principio. Fue procesado en un

ambiente local en el cual era menos probable ser visto

desapasionadamente, menos probable ser resuelto basado solo en lo que

sucediera en la corte. Fueron impuestas sentencias extremadamente

largas. Aspectos fundamentales de la ley y la justicia están

involucrados y el caso merece atención y preocupación.



Q: Muchas gracias, Richard. En nombre de todos los que están dedicados

a luchar por los Cinco hasta que se encuentren en sus hogares, por las

personas que apoyan el derecho de Cuba a ser libre, le agradecemos a

usted y a todos los abogados que están trabajando sin descanso en este

esfuerzo.





21 de diciembre de 2008

Exclusiva a www.freethefive.org

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